Tras el cierre del plazo para el trámite voluntario, el organismo comenzó a cruzar datos de facturación con los movimientos de plataformas como Mercado Pago, Ualá y Naranja X. Si los ingresos detectados superan los declarados, la escala se ajusta de forma automática.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) —ex AFIP— puso en marcha el proceso de recategorización “de oficio” para los contribuyentes del Régimen Simplificado (Monotributo). La medida se aplica sobre la base de las transacciones registradas en billeteras virtuales durante los años 2024 y 2025, una vez vencido el plazo de actualización voluntaria que finalizó el pasado 5 de febrero.

¿Cómo funciona el cruce de datos?

El procedimiento se basa en una fiscalización sistémica que reconstruye la facturación anual de cada usuario a través de un uso intensivo de la información fiscal disponible en el ecosistema digital.

  • Cruce de información: ARCA compara los ingresos brutos anuales declarados por el monotributista contra las acreditaciones registradas en sus cuentas electrónicas.
  • Ajuste automático: Si el organismo detecta que los cobros electrónicos superan el límite máximo de la categoría actual, ubica al contribuyente en la escala superior de manera inmediata.

El derecho a réplica: plazos y procedimientos

Es fundamental que los contribuyentes revisen su Domicilio Fiscal Electrónico, ya que allí se envían las notificaciones de estos cambios.

  1. Plazo de apelación: Una vez notificado, el titular dispone de 15 días hábiles para presentar un recurso de descargo.
  2. Vía administrativa: El trámite se realiza a través del sistema de “Presentaciones Digitales” de la web oficial de ARCA.
  3. Firmeza: Si el contribuyente no responde en el tiempo estipulado, la nueva categoría y el monto de la cuota mensual quedan firmes.

La distinción clave: “Ventas vs. Transferencias”

Ante la preocupación generada en redes sociales, el organismo realizó una aclaración enfática para llevar tranquilidad sobre los movimientos cotidianos:

  • Lo que se controla: Operaciones comerciales cobradas mediante tarjeta de crédito, débito o código QR. Es decir, se analizan los cobros por ventas.
  • Lo que NO se controla: Transferencias personales entre familiares, amigos o cuentas propias de bajo monto.
  • El umbral de alerta: Las entidades financieras y billeteras virtuales solo están obligadas a reportar transferencias personales cuando los movimientos mensuales superan los 50 millones de pesos. Por debajo de esa cifra, el dinero entre cuentas particulares no es objeto de este control de escala.

En la práctica, los movimientos en billeteras virtuales se han consolidado como el insumo central de la inteligencia fiscal para determinar la veracidad de la escala tributaria dentro del Monotributo.

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